Grandes locales y medianos: desde el 1 de noviembre solo e-CF. Qué hacer si aún emite comprobantes B
Si su empresa está clasificada como Grande Contribuyente Local o como Mediano, sus comprobantes serie B son válidos únicamente hasta el 31 de octubre de 2026. Desde el 1 de noviembre de 2026 debe emitir solo comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) tipo E, salvo en casos de contingencia declarada. Así lo informó la DGII en su Aviso 14-26, del 26 de agosto de 2026.
En este artículo le explicamos qué dice el aviso, cómo confirmar si le aplica y qué pasos dar desde hoy si su empresa todavía factura con B01, B02 u otros comprobantes de la serie B.
Qué dice el Aviso 14-26
Según lo reportado por Diario Libre y por la firma KPMG, el aviso establece tres puntos:
- Aplica a los contribuyentes clasificados como Grandes Contribuyentes Locales y Medianos.
- Los comprobantes fiscales no electrónicos de la serie B son válidos únicamente hasta el 31 de octubre de 2026.
- A partir del 1 de noviembre de 2026, estos contribuyentes deben emitir exclusivamente e-CF tipo E. Los comprobantes no electrónicos solo pueden usarse en casos de contingencia declarada y en las condiciones del capítulo IX del Reglamento núm. 587-24.
El incumplimiento queda sujeto a las sanciones de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica. Según una alerta tributaria de EY, esas sanciones pueden llegar a multas de 5 a 30 salarios mínimos más el 0.25 % de los ingresos declarados en el período anterior.
¿Le aplica a su empresa?
La DGII indica que cada contribuyente debe acogerse al plazo que corresponde a su clasificación al momento de la entrada en vigencia de la Ley 32-23, en mayo de 2023. Para confirmarlo:
- Busque su RNC en los listados de contribuyentes obligados de la DGII.
- Si aparece en el listado de Grandes Contribuyentes Locales y Medianos, este aviso le aplica.
- Si no aparece en ese listado ni en el de Grandes Nacionales, su plazo es otro: el 15 de noviembre de 2026, que corresponde a Pequeños, Micro y No Clasificados.
Si no quiere revisar listados, nuestro verificador de plazo de facturación electrónica le indica en un minuto qué fecha le aplica y cuántos días le quedan.
Qué hacer desde hoy si aún emite comprobantes B
El margen es corto, así que conviene trabajar en paralelo y no en secuencia:
- Confirme su clasificación en los listados de la DGII, como se explica arriba.
- Revise en qué punto está. ¿Ya envió la solicitud para ser emisor electrónico en la Oficina Virtual? ¿Tiene el certificado digital? ¿Su sistema está listo para el set de pruebas?
- Tramite el certificado digital para procedimientos tributarios a nombre del representante de la empresa, ante una prestadora autorizada por el INDOTEL, como Digifirma, de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo.
- Decida con qué sistema va a emitir. Pregunte a su proveedor actual, por escrito, si su sistema emite e-CF ante la DGII y en qué fecha lo tendría funcionando para su empresa. Si la respuesta no es clara, evalúe alternativas ya.
- Envíe la solicitud para ser emisor electrónico (formulario FI-GDF-016) en la Oficina Virtual y complete el set de pruebas de la DGII: pruebas de datos, de simulación y de comunicación, y luego la declaración jurada.
- Haga inventario de sus comprobantes B. Después del 31 de octubre solo sirven en una contingencia declarada, así que no planifique su facturación de noviembre contando con ellos.
- Prepare a su equipo de facturación y contabilidad: tipos de e-CF, notas de crédito electrónicas y qué hacer si la DGII rechaza un comprobante.
Los pasos completos, con sus fuentes oficiales, están en nuestra guía Facturación electrónica obligatoria en RD: fechas límite 2026 y qué pasa si no cumple y en el checklist de 12 pasos para emitir e-CF.
¿Y si no llega al 1 de noviembre?
Conviene decirlo con claridad: la contingencia no sustituye la implementación. Según la guía de la DGII para ser emisor electrónico, la contingencia está prevista para emisores electrónicos que sufren una falla, como la falta de conectividad, y tiene reglas y plazos propios.
Si su empresa llega al 1 de noviembre sin emitir e-CF, lo que corresponde es seguir adelante con el proceso sin pausa y regularizarse lo antes posible. Cada día que pase emitiendo comprobantes fuera de la norma aumenta la exposición a las sanciones y complica la relación con sus clientes contribuyentes, que necesitan comprobantes válidos para sustentar sus costos, gastos e ITBIS.
Cómo le ayudamos en Support IT
Implementamos la facturación electrónica dentro de Odoo con nuestro propio módulo e-CF: su empresa emite directamente desde su Odoo, con cada comprobante firmado con su certificado digital y enviado a la DGII, y con los formatos 606, 607 y 608 generados desde los mismos datos. Vea el detalle en nuestra página de facturación electrónica e-CF en Odoo.
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No le vamos a prometer lo que no depende solo de nosotros: una implementación de Odoo Listo en 45 Días toma 45 días hábiles, unas nueve semanas, desde que recibimos sus datos completos, y la autorización de emisor electrónico depende también de la DGII. Lo que sí le decimos es esto: si su empresa aún no emite e-CF, le ponemos al día; cuanto antes empiece, antes cumple.
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